Requisitos esenciales (cap. 1)Requisito modificado
1.2.6 · Fallo de la alimentación de energía o de la conexión a la red de comunicación
Anexo III, 1.2.6 · Reglamento (UE) 2023/1230
Qué exige
La interrupción, restablecimiento o variación de la energía o de la conexión a la red de comunicación no debe crear situaciones peligrosas.
Qué cambia frente a la Directiva 2006/42/CE
Añade la pérdida de la conexión a la red de comunicación.
Qué debe reflejar el manual de instrucciones
Comportamiento ante corte de energía y pérdida de conexión de red.
Texto oficial
La interrupción, el restablecimiento tras una interrupción o la variación, en el sentido que sea, de la alimentación de energía o de la conexión a la red de comunicación de la máquina o el producto relacionado no provocarán situaciones peligrosas. Deberá prestarse especial atención a los siguientes aspectos: a) que la máquina o el producto relacionado no se pongan en marcha de manera intempestiva; b) que no varíen los parámetros de la máquina de forma incontrolada, cuando tal variación pueda dar lugar a situaciones peligrosas; c) que no se impida la parada de la máquina o del producto relacionado si ya se ha dado esa orden; d) que no se pueda producir la caída o proyección de ningún elemento móvil de las máquinas o productos relacionados o de ninguna pieza sujetada por ellos; e) que no se impida la parada automática o manual de los elementos móviles, cualesquiera que estos sean; f) que los dispositivos de protección permanezcan totalmente operativos o emitan una orden de parada.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1230, DOUE L 165 de 29.6.2023, Anexo III, 1.2.6. Los apartados «Qué exige» y «Qué debe reflejar el manual» son un resumen nuestro y no sustituyen al texto oficial.