Requisitos esenciales (cap. 1)Requisito modificado
1.1.2 · Principios de integración de la seguridad
Anexo III, 1.1.2 · Reglamento (UE) 2023/1230
Qué exige
Diseño apto y seguro en toda la vida útil (transporte a desguace), considerando el mal uso previsible; jerarquía: eliminar peligro → proteger → informar. El usuario debe poder probar las funciones de seguridad.
Qué cambia frente a la Directiva 2006/42/CE
Nuevo: la máquina debe permitir al usuario probar las funciones de seguridad y entregarse con la descripción de los procedimientos de prueba.
Qué debe reflejar el manual de instrucciones
Uso previsto y mal uso previsible; riesgos residuales; formación y EPI requeridos; procedimientos de prueba de las funciones de seguridad; accesorios especiales suministrados.
Texto oficial
a) Las máquinas o los productos relacionados se diseñarán y fabricarán de manera que sean aptos para su función y para que se puedan manejar, regular y mantener sin riesgo para las personas cuando dichas operaciones se lleven a cabo en las condiciones previstas, pero también teniendo en cuenta cualquier mal uso razonablemente previsible. Las medidas de protección que se tomen irán encaminadas a suprimir cualquier riesgo durante su vida útil previsible, incluidas las fases de transporte, montaje, desmontaje, retirada de servicio y desguace. b) Al optar por las soluciones más adecuadas, el fabricante aplicará los principios siguientes, en el orden que se indica: i) eliminar los peligros o, si ello no fuera posible, reducir lo más posible los riesgos (diseño y fabricación inherentemente seguros de la máquina o el producto relacionado), ii) adoptar las medidas de protección necesarias frente a los riesgos que no puedan eliminarse, iii) informar a los usuarios acerca de los riesgos residuales debidos a la incompleta eficacia de las medidas de protección adoptadas, indicar si se requiere una formación especial y señalar si es necesario proporcionar algún equipo de protección individual. c) Al diseñar y fabricar una máquina o un producto relacionado y al redactar las instrucciones de uso, el fabricante deberá prever no solo el uso previsto, sino también cualquier mal uso razonablemente previsible. La máquina o el producto relacionado se diseñarán y fabricarán de manera que se evite su utilización de manera incorrecta, cuando ello pudiera generar un riesgo. En su caso, en las instrucciones de uso se señalarán al usuario los modos en los que, según la experiencia previa, no deben utilizarse. d) Las máquinas o productos relacionados se diseñarán y fabricarán teniendo en cuenta las molestias que pueda sufrir el operador por el uso necesario o previsible de un equipo de protección individual. e) Las máquinas o productos relacionados se diseñarán y fabricarán de manera que el usuario pueda probar, en su caso, las funciones de seguridad. Las máquinas o productos relacionados se entregarán con todos los equipos especiales y accesorios, y cuando proceda, junto con la descripción de procedimientos específicos de prueba de las funciones, imprescindibles para que se puedan probar, regular, mantener y utilizar de manera segura.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1230, DOUE L 165 de 29.6.2023, Anexo III, 1.1.2. Los apartados «Qué exige» y «Qué debe reflejar el manual» son un resumen nuestro y no sustituyen al texto oficial.