Obligaciones del fabricante (art. 10)Requisito nuevo
Art. 10.7, párrafo cuarto · Usuarios no profesionales: información de seguridad en papel
Artículo 10, apartado 7, párrafo cuarto · Reglamento (UE) 2023/1230
Qué exige
Si la máquina puede ser usada por no profesionales, la información de seguridad esencial para la puesta en servicio y el uso seguro debe ir en papel.
Qué cambia frente a la Directiva 2006/42/CE
Nuevo régimen de instrucciones digitales.
Qué debe reflejar el manual de instrucciones
Hoja de seguridad impresa incluida con la máquina, si procede.
Texto oficial
En el caso de una máquina o producto relacionado destinado a usuarios no profesionales o que, en condiciones razonablemente previsibles, puedan ser utilizados por usuarios no profesionales, aunque no estén destinados a ellos, el fabricante proporcionará, en formato papel, la información de seguridad esencial para la puesta en servicio de la máquina o el producto relacionado y su uso de manera segura.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1230, DOUE L 165 de 29.6.2023, Artículo 10, apartado 7, párrafo cuarto. Los apartados «Qué exige» y «Qué debe reflejar el manual» son un resumen nuestro y no sustituyen al texto oficial.