Requisitos esenciales (cap. 1)Sin cambios sustanciales
1.5.12 · Radiaciones láser
Anexo III, 1.5.12 · Reglamento (UE) 2023/1230
Qué exige
Equipos láser sin radiación involuntaria y con protección frente a radiación directa, reflejada o secundaria.
Qué debe reflejar el manual de instrucciones
Clase láser y precauciones.
Texto oficial
Si se utilizan equipos láser, se tendrán en cuenta las normas siguientes: a) los equipos láser de las máquinas o los productos relacionados se diseñarán y fabricarán de forma que se evite toda radiación involuntaria; b) los equipos láser de las máquinas o los productos relacionados dispondrán de protección de forma que no perjudiquen a la salud ni las radiaciones útiles, ni la radiación producida por reflexión o difusión, ni la radiación secundaria; c) los equipos ópticos para la observación o el reglaje de equipos láser de las máquinas o los productos relacionados serán tales que no den lugar a riesgo alguno para la salud debido a las radiaciones láser.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1230, DOUE L 165 de 29.6.2023, Anexo III, 1.5.12. Los apartados «Qué exige» y «Qué debe reflejar el manual» son un resumen nuestro y no sustituyen al texto oficial.