Requisitos esenciales (cap. 1)Sin cambios sustanciales
1.4.3 · Requisitos específicos para los dispositivos de protección
Anexo III, 1.4.3 · Reglamento (UE) 2023/1230
Qué exige
Dispositivos de protección que impiden funciones peligrosas mientras detecten personas y cuya regulación exige acción voluntaria.
Qué debe reflejar el manual de instrucciones
Descripción de barreras, escáneres, alfombras, etc.
Texto oficial
Los dispositivos de protección estarán diseñados e incorporados al sistema de mando de manera que: a) sea imposible que los elementos móviles empiecen a funcionar mientras el operador pueda entrar en contacto con ellos; b) ninguna persona pueda entrar en contacto con los elementos móviles mientras estén en movimiento, y c) la ausencia o el fallo de uno de sus componentes impida la puesta en marcha o provoque la parada de los elementos móviles. Para regular los dispositivos de protección se precisará una acción voluntaria.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1230, DOUE L 165 de 29.6.2023, Anexo III, 1.4.3. Los apartados «Qué exige» y «Qué debe reflejar el manual» son un resumen nuestro y no sustituyen al texto oficial.